10 de diciembre de 2014

Tarjeta de residencia por arraigo


En este post nos centraremos en cómo se puede tramitar la tarjeta de residencia por arraigo, los requisitos y la documentación necesaria. Toda la documentación tendrá que presentarse en la Oficina de extranjeros de cada provincia y la documentación común que vamos a tener que presentar en todos los casos es:





- Copia completa del pasaporte
- Certificado de antecedentes penales

Se puede solicitar la tarjeta de residencia por ARRAIGO FAMILIAR en los siguientes casos:


a) Padres/madres de menores españoles y que cumplen con sus obligaciones.
b) Hijo/a de un madre/padre español de origen.

La documentación necesaria sería:

- Documentación acreditativa del vínculo familiar. En el supuesto de padre o madre de un menor de nacionalidad española un certificado de nacimiento del menor en el que conste el vínculo familiar y la nacionalidad del menor. En el supuesto de ser hijo de padre o madre español, certificado de nacimiento de quién solicita y certificado de nacimiento del padre o madre que acredite la condición.

Se puede solicitar la tarjeta de residencia por ARRAIGO SOCIAL en los siguientes casos:


Residir tres años en España, tener un precontrato de trabajo a jornada completa por cuenta ajena, con una duración de un año, o por cuenta propia y demostrar el arraigo.

El arraigo puede acreditarse de dos formas:
a) Un informe de inserción social realizado por el Ayuntamiento del domicilio habitual.
b) Tener un familiar directo con tarjeta de residencia renovada. Se entiende como familiar directo: padre, madre, hijo o cónyuge.

Documentación a presentar con un precontrato de trabajo por cuenta ajena:
- Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España (por ejemplo, con el empadronamiento)
- Documentación acreditativa de los vínculos familiares exigidos o el informe de inserción social emitido por el Ayuntamiento del domicilio habitual.
- Contrato de trabajo con las características nombradas anteriormente
- Copia del NIF de la empresa
- Copia de la capacitación legalmente exigida para desarrollar la actividad.
- Acreditación de que la empresa es solvente
- Memoria de la actividad profesional que va a hacer la persona.

Documentación a presentar por trabajo por cuenta propia:

- Relación de las autorizaciones o licencias exigidas para la apertura.
- Copia de la documentación exigida para desarrollar la actividad
- Acreditación de que se cuenta con una inversión económica suficiente
- Plan de empresa.
Los tres últimos documentos pueden sustituirse por un informe de valoración de alguna de estas entidades:

- ATA (Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos. 
- UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos) 
- CIAE (Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español)
- OPA (Organización de Profesionales y Autónomos)
- UATAE (Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores) 

Se puede solicitar la tarjeta de residencia por Arraigo LABORAL en los siguientes casos:


Demostrar residencia en España durante dos años (con el padrón, por ejemplo) y dentro de estos dos años de residencia demostrar haber trabajado 6 meses. Se demuestra únicamente con:
- Resolución judicial
- Acta de Inspección de Trabajo y Seguridad social  

La documentación necesaria sería la siguiente:

- Documentación acreditativa de la permanencia en España. 
- Resolución judicial o Acta de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.


Esperamos haber aclarado a grandes rasgos, un trámite que en ocasiones es largo y lioso. Pero si aún tenéis dudas porque vuestro caso es más específico o porque vais a solicitar la tarjeta de residencia por otra circunstancia, podéis pedir una cita con nuestro servicio gratuito de Asesoramiento Jurídico o hacernos una consulta online

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