En este post nos centraremos en cómo se puede tramitar la tarjeta de residencia por arraigo, los requisitos y la documentación necesaria. Toda la documentación tendrá que presentarse en la Oficina de extranjeros de cada provincia y la documentación común que vamos a tener que presentar en todos los casos es:
-
Copia completa del pasaporte
-
Certificado de antecedentes penales
Se puede solicitar la tarjeta de residencia por ARRAIGO FAMILIAR en los siguientes casos:
a)
Padres/madres de menores españoles y que cumplen con sus
obligaciones.
b)
Hijo/a de un madre/padre español de origen.
La
documentación necesaria sería:
-
Documentación acreditativa del vínculo familiar. En el
supuesto de padre o madre de un menor de nacionalidad española
un certificado de nacimiento del menor en el que conste el vínculo
familiar y la nacionalidad del menor. En el supuesto de ser hijo de
padre o madre español, certificado de nacimiento de quién
solicita y certificado de nacimiento del padre o madre que acredite
la condición.
Se puede solicitar la tarjeta de residencia por ARRAIGO SOCIAL en los siguientes casos:
Residir
tres
años en España, tener un precontrato de trabajo a
jornada completa por cuenta ajena,
con una duración de un año, o por cuenta propia y demostrar el arraigo.
El
arraigo puede acreditarse de dos formas:
a)
Un informe de inserción social realizado por el Ayuntamiento del domicilio habitual.
b)
Tener un familiar directo con tarjeta de residencia renovada. Se
entiende como familiar directo: padre, madre, hijo o cónyuge.
Documentación
a presentar con un precontrato de trabajo por cuenta ajena:
-
Documentación acreditativa de la permanencia continuada en
España (por ejemplo, con el empadronamiento)
-
Documentación acreditativa de los vínculos familiares
exigidos o el informe de inserción social emitido por el
Ayuntamiento del domicilio habitual.
-
Contrato de trabajo con las características nombradas
anteriormente
-
Copia del NIF de la empresa
-
Copia de la capacitación legalmente exigida para desarrollar
la actividad.
-
Acreditación de que la empresa es solvente
-
Memoria de la actividad profesional que va a hacer la persona.
Documentación
a presentar por trabajo por cuenta propia:
-
Relación de las autorizaciones o licencias exigidas para la
apertura.
-
Copia de la documentación exigida para desarrollar la
actividad
-
Acreditación de que se cuenta con una inversión
económica suficiente
-
Plan de empresa.
Los
tres últimos documentos pueden sustituirse por un informe de
valoración de alguna de estas entidades:
-
ATA (Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y
Trabajadores Autónomos.
-
UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos)
-
CIAE (Confederación Intersectorial de Autónomos del
Estado Español)
-
OPA (Organización de Profesionales y
Autónomos)
-
UATAE (Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos
y Emprendedores)
Se puede solicitar la tarjeta de residencia por Arraigo LABORAL en los siguientes casos:
Demostrar
residencia en España durante dos años (con el padrón,
por ejemplo) y dentro de estos dos años de residencia
demostrar haber trabajado 6 meses. Se demuestra únicamente
con:
-
Resolución judicial
-
Acta de Inspección de Trabajo y Seguridad social
La
documentación necesaria sería la siguiente:
-
Documentación acreditativa de la permanencia en España.
- Resolución
judicial o Acta de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Esperamos
haber aclarado a grandes rasgos, un trámite que en ocasiones
es largo y lioso. Pero si aún tenéis dudas porque
vuestro caso es más específico o porque vais a
solicitar la tarjeta de residencia por otra circunstancia, podéis
pedir
una cita
con
nuestro servicio
gratuito de Asesoramiento Jurídico o hacernos una consulta online
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