Son
muchas las consultas que recibimos en el día a día sobre cómo obtener la
nacionalidad española y por ello, sabemos que es una temática que provoca confusión y lío.
Así que vamos a intentar resumir el proceso en 7 pasos. Para ello, nos vamos
a centrar exclusivamente en cómo obtener la nacionalidad por residencia (la más
común de todas):
Dependiendo
de tu país de origen, vas a necesitar acreditar diferentes años de residencia en España para obtener la nacionalidad española:
- 10 años si procedes de cualquier país distinto a los que nombraremos en los siguientes puntos.
- 5 años si tienes condición de refugiado.
- 2 años si tu país de origen es: algún país Iberoamericano, Andorra, filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o Sefardíes.
- 1 año, para hijos de residentes en España, cónyuges de ciudadanos españoles, viudos de españoles y/o nieto de españoles de origen.
Paso 2.- Presentar la documentación exigida en el Registro Civil de la localidad de Residencia (existen Juzgados de Paz que tienen funciones de Registro Civil).
- Antecedentes penales legalizados o un certificado de buena conducta expedido por el consulado. Aclarar que la legalización tiene que efectuarse de todos los documentos que vengan de un país extranjero.
- Pasaporte y NIE (original y copia).
- Certificado de matrimonio (es aconsejable, aunque no obligatorio).
- Partida de nacimiento del cónyuge español (en caso de solicitarlo por estar casado con un ciudadano español).
- Partida de nacimiento legalizada de los hijos que sean menores de edad.
- Demostrar que se tienen medios económicos para residir en España (propios, contrato de trabajo, nóminas, etc).
Paso 3.- Número de expediente.
Una
vez que presentas la documentación, para obtener la nacionalidad española
tienes que esperar a que te llegue una carta del Ministerio de Justicia con tu
número de expediente. Una vez lo tengas, puedes hacer el seguimiento de tu
solicitud a través de la página web del mismo Ministerio.
Paso 4.- Entrevista.
Paso 5.- Resolución.
La
resolución del expediente para obtener la nacionalidad española, suele tardar
sobre 2 años. Con una llamada o a través de una carta te avisarían para ir a
recoger la resolución al Registro Civil.
Por
eso es importante tener siempre presente la obligación de notificar los cambios de
domicilio.
Paso 6.- Concesión.
Si
te conceden la nacionalidad española, tienes que hacer la “Jura” o “Promesa”
ante el encargado del Registro Civil.
Paso 7.- DNI
Una
vez hayas obtenido la nacionalidad española, tienes que pedir cita para hacer
el DNI. Para ello, te hará falta la partida de nacimiento para DNI; este es un
documento que te lo dan en el propio Registro Civil.
Esperamos
haber aclarado a grandes rasgos, un trámite que en ocasiones es largo y lioso. Pero si
aún tenéis dudas porque vuestro caso es más específico o porque vais a pedir la
nacionalidad por otra modalidad, podéis pedir una cita con nuestro servicio gratuito de Asesoramiento Jurídico.
No hay comentarios:
Publicar un comentario