El
Diario Oficial de Galicia ha publicado el 26 de febrero la resolución por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de
concurrencia no competitiva, de subvenciones para promover el autoempleo
y la actividad emprendedora en la Comunidad Autónoma gallega de las
personas gallegas retornadas, para el año 2014 (descargar aquí la resolución).
Estas subvenciones, con un presupuesto global de 200.000 euros
(cuatro veces más que el año pasado) y un tope máximo de 8.000 euros por
solicitud (en el caso de mujer, menor de 39 años, y miembro de una
sociedad laboral o cooperativa), son compatibles y complementarias a las
ayudas establecidas para la población gallega general del Instituto Galego de Promoción Económica (IGAPE), y también a las de la Consellería de Traballo e Benestar.
Este último departamento autonómico presentó el pasado año 2013
distintas líneas de financiación, por valor superior a los 25 millones
de euros, para apoyar el establecimiento como trabajador o trabajadora
autónoma o por cuenta propia, para apoyar las iniciativas emprendedoras y
de empleo, y para incentivar la contratación indefinida de hasta tres
trabajadores o trabajadoras.
Lucha contra el desempleo
Con estas líneas de subvenciones a la y el emprendedor, el Gobierno
gallego materializa su compromiso de apoyar la creación de nuevas
empresas radicadas en Galicia y luchar contra el desempleo. En el caso
concreto de la resolución de la Secretaría Xeral da Emigración, se pretende que el retornado o
retornada aproveche el bagaje, conocimientos y experiencias
profesionales y personales conseguidos en el Exterior en beneficio de
toda la comunidad, cree nuevos puestos de trabajo al tiempo que
consolida su vuelta a la tierra, e incluso contemple Galicia como
destino para la inversión de su patrimonio.
Esta resolución persigue que la o el retornado pueda beneficiarse de
esta línea específica de ayudas para su proyecto de autoempleo o
empresarial, y también que le sirva de reclamo para conocer las
establecidas por la Consellería de Trabajo e Benestar para la población
general, y también las del IGAPE.
De esta manera, se incentiva que los proyectos que tengan en mente
las personas de vuelta en la Comunidad tomen forma cuanto antes, y
ayuden a la recuperación del tejido económico en la Galicia territorial,
a través de iniciativas nacidas dentro y también fuera del territorio,
especialmente aquéllas engendradas a raíz de experiencias profesionales
en el Exterior. Al mismo tiempo, se consigue añadir viabilidad a los
proyectos del gallego o gallega residente en la actualidad fuera de su
tierra.
Objetos de la subvención
La iniciativa de la Secretaría Xeral da Emigración subvenciona los
gastos iniciales que lleva consigo el establecimiento de las personas
emigrantes retornadas bien como trabajadoras autónomas o por cuenta
propia, o bien como socias trabajadoras de sociedades laborales o
cooperativas de trabajo asociado. Así, son objeto de subvención para los
destinatarios y destinatarias hasta el 80 por ciento de los gastos de
notaría y registro, tasas, licencias administrativas, servicios
profesionales externos, gastos derivados del desarrollo e implantación
de la página web y de la pasarela de pago para la realización de ventas
en línea, publicidad y propaganda, primas de seguros, arrendamiento de
local, de maquinaria y de equipamientos informáticos, y suministro de
servicios imputables al desarrollo de la actividad (tales como
calefacción, agua, electricidad, telefonía e internet), generados en el
período comprendido entre el 1 de noviembre de 2013 y la finalización
del plazo de justificación recogido en esta resolución.
La cuantía tope de la ayuda es de 4.000 euros para autónomos y
autónomas y 6.000 para miembros de sociedades laborales o de
cooperativas, con 1.000 euros a mayores si la persona solicitante tiene
39 años o menos, y también 1.000 más si la persona solicitante es mujer.
Los requisitos que contempla la resolución es cumplir la condición de
persona emigrante retornada (nacionalidad española y que no haya
transcurrido más de dos años desde la vuelta a España), que tenga fijada
su residencia en Galicia, y que esté dada de alta en algunos de los
regímenes de la Seguridad Social o mutualidad del Colegio Profesional
que le corresponda. El plazo para la presentación de solicitudes termina
el próximo 30 de septiembre.
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