El concepto de estas ayudas es el de prestaciónes económicas directas, individuales y de caracter social dirigidas a emigrantes de nacionalidad española y de origen gallego y a determinados familiares que se encuentren en situación de precariedad.
Las personas beneficiarias:
-Los emigrantes gallegos residentes en el exterior y sus hijos;
-Los nietos de emigrantes gallegos;
-En caso de fallecimiento, el conyuge viudo, los hijos de la pareja de hecho o relación análoga.
-Los emigrantes gallegos residentes en el exterior y sus hijos;
-Los nietos de emigrantes gallegos;
-En caso de fallecimiento, el conyuge viudo, los hijos de la pareja de hecho o relación análoga.
Los requisitos para percibir la ayuda son:
-Acreditar la condición de beneficiario;
- Carecer de rentas, ingresos o patrimonio;
- No pertenecer a organizaciones o instituciones obligadas a prestarles asistencia;
-Cumplir los requisitos para cada caso de ayuda.
-Acreditar la condición de beneficiario;
- Carecer de rentas, ingresos o patrimonio;
- No pertenecer a organizaciones o instituciones obligadas a prestarles asistencia;
-Cumplir los requisitos para cada caso de ayuda.
Los tipos de ayudas que se ofertan son: ayudas por encontrase la unidad familiar en situación de precariedad, por situación de dependecia o enfermedad grave, por invalidez, para cobertura de medicamentos, para las mujeres que sufran violencia de género o para paliar una situación de desempleo en la unidad familiar.
Respecto a la cuantía de la ayuda, podrán variar entre un mínimo de 350 auros y un máximo de 900 para los países que tengan convenios con la Seguridad Social española; y entre 200 y 500 euros para los países que no tengan convenios.
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