29 de febrero de 2008

SOLI Informa: Ayudas para las mujeres inmigrantes que sufren violencia de género.

Por la Resolución del 6 de enero del 2008 del Servicio Galego de Promoción da Igualdade de Home e da Muller se regulan las bases para la concesión de ayudas periódicas de apoyo a mujeres que sufren violencia de género.

Rentas de integración y ayudas de emergencia con el fin de atender asistencia sanitaria, jurídica, social y psicológica, así como dispositivos de alarma y programas de reeducación.

Asimismo, se concede prestación económica de apoyo a las víctimas por el camino de “salario da liberdade”. La ayuda consiste en una cuantía económica destinada directamente a la beneficiaria de carácter periódico, hasta un máximo de doce mensualidades.

Las mujeres extranjeras deberán acreditar la posesión del permiso de residencia; carecer de disponibilidad de recursos económicos y no tener recibido esta ayuda con anterioridad serán requisitos obligatorios.

El plazo de presentación de solicitudes comienza a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución y finalizará el 30 de noviembre del 2008.

La solicitud de ayuda deberá dirigirse a la directora del Servicio Galego de Promoción da Igualdade do Home e da Muller y se presentará según el anexo 1 de esta orden.

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